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Planes de emergencia y evacuación (LOCALES PÚBLICA CONCURRENCIA)

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¿Qué es un plan de emergencia?

"El plan de emergencia es la planificación y organización humana para la utilización óptima de los medios técnicos previstos con la finalidad de reducir al mínimo las posibles consecuencias humanas y/o económicas que pudieran derivarse de la situación de emergencia".

Su implantación implica haber dotado previamente al edificio de la infraestructura de medios materiales o técnicos necesarios en función de las características propias del edificio y de la actividad que en el mismo se realiza.

Ello a su vez comporta haber previamente, realizado una identificación y análisis de los riesgos o deficiencias del edificio, imprescindible para conocer la dotación de medios de prevención protección que se precisan en el mismo. Sólo en este momento, cuando el edificio está correctamente equipado, cabe hablar de la implantación de un plan de emergencia si queremos tener la certeza de que éste será operativo y eficaz.

En caso contrario, dispondremos de un documento más o menos correcto, pero ineficaz en su puesta en práctica.

¿Qué hacer en el período de tiempo que forzosamente va a transcurrir hasta que el edificio se equipa con las instalaciones necesarias?

En ese período, el plan de emergencia que debe existir aunque sea con carácter de provisionalidad, debe contemplar tal situación y adecuarse a tales carencias, de modo que las actuaciones que en el mismo se prevean se adecuen a lo que se pueda hacer en función de "lo que se cuenta y en qué condiciones".

¿Dónde se debe implantar un plan de emergencia?

Las NTP son guías de buenas prácticas. Sus indicaciones no son obligatorias salvo que estén recogidas en una disposición normativa vigente. A efectos de valorar la pertinencia de las recomendaciones contenidas en una NTP concreta es conveniente tener en cuenta su fecha de edición. Año: 199 A tal pregunta responde en parte la legislación vigente, que a nivel estatal, exige a determinado tipo de edificios o actividades a implantar plan de emergencia.

Es el caso de hospitales, hoteles, locales de espectáculos, recintos deportivos, etc.

¿Y en aquellos edificios o actividades para los que no existe reglamentación que les obligue?

En tales supuestos, la implantación de un plan de emergencia es siempre exigible técnicamente cuando se trate de instalaciones en que se dé una grave situación de riesgo o bien en instalaciones en que aún no siendo elevado el nivel de riesgo, si podrían serlo las consecuencias humanas o materiales que se producirían. La casuística de siniestros nos confirma que este supuesto se da en los edificios y espacios de pública concurrencia, independientemente de la actividad que en ellos se realice y de su nivel de riesgo intrínseco, ya que un siniestro en este tipo de edificios presenta un elevado riesgo de consecuencias graves para las personas que los ocupan.

Redacción e implantación de un plan de emergencia

Si bien la propia legislación que obliga a elaborar e implantar un plan de emergencia, acostumbra a dar unas directrices sobre como hacerlo y fija unos mínimos sobre sus características y contenido, éstas son generalmente insuficientes para su implantación con garantías de eficacia. Para dar respuesta a la cuestión de ¿Cómo elaborar un plan de emergencia?, en esta NTP acudimos a la Orden de 29.11.1984 del Ministerio del Interior. Protección Civil. "Manual de Autoprotección. Guía para el desarrollo del plan de emergencia contra incendios y de evacuación de locales y edificios".

Aunque su utilización es voluntaria y así lo refleja en su disposición 1ª la propia orden, su aplicación facilita significativamente los pasos a realizar para evaluar el riesgo, redactar e implantar un plan de emergencia.

Procedemos seguidamente a desarrollar y comentar la citada Orden.

El manual de autoprotección se estructura en cuatro documentos que cubren cuatro fases para su correcta aplicación:

● Documento 1: evaluación del riesgo. ● Documento 2: medios de protección. ● Documento 3: plan de emergencia. ● Documento 4: implantación.

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